Todo inquilino sabe que, a la hora de ofrecerse a distintos arrendadores, es esencial mostrarse como el candidato ideal. Aquel que es serio, formal y que siempre será cumplidor en los pagos. Sin embargo, precisamente ahí radica el gran escoyo inicial que superar. Los estudios de solvencia, los seguros de impagos de alquiler y el historial de ingresos del candidato, entre otros, serán absolutamente determinantes en esta fase del proceso.
Cómo acreditar que eres un inquilino solvente
Sin duda, este es el primer y principal filtro que todo candidato a inquilino de un piso de alquiler debe pasar cada ve que concierta una cita con un propietario. Para el arrendador, además de estar seguro de que su vivienda está en buenas manos (y que, por lo tanto, va a estar bien cuidada), la única preocupación es saber que va a cobrar mes a mes.
Para garantizarlo, al futuro arrendatario se le pueden pedir los siguientes documentos y acreditaciones a la hora de alquilar un piso:
- Estudio de solvencia. Se trata de un documento generado tras examinar y evaluar la situación financiera del arrendatario. Su objetivo es asegurar al propietario que el inquilino seleccionado cuenta con ingresos o recursos adecuados para evitar posibles inconvenientes, como demoras en los pagos mensuales o, en casos más graves, incumplimientos.
- Últimas dos o tres nóminas. Se reclaman de cara a conocer los ingresos que tiene el candidato. Recurriendo a la conocida regla del 30% (el importe de la renta no debe superar un tercio de los ingresos netos de los arrendatarios) se podrá verificar si este tiene o no suficientes recursos para asumir las mensualidades.
- Contrato de trabajo. Las situaciones de inestabilidad laboral son siempre algo a evitar por parte de los propietarios, lo que se traduce en que estudiantes, desempleados, autónomos o trabajadores de temporada y fijos discontinuos tengan más difícil encontrar vivienda. En estos casos, el futuro inquilino tendrá que recurrir a los posibles trucos que existen para alquilar un piso sin contrato de trabajo.
- Aval bancario o avalista. Es una tercera parte incluida en el que contrato que usa sus propios recursos, es decir, su dinero y sus bienes, para responder por el inquilino ante el incumplimiento de sus obligaciones.
- Informe de vida laboral. La idea es conocer el historial del candidato. Siempre se verá con mejores ojos a un candidato que conserva los empleos en el tiempo frente a uno que cambia cada pocos meses.
- Solicitud al autónomo. Dada la variabilidad en los ingresos de los trabajadores por cuenta ajena, a estos se les suele pedir la última declaración de la Renta o las declaraciones trimestrales del IRPF e IVA. Así, se pueden determinar las circunstancias profesionales del inquilino o si percibe rentas por otras fuentes (inversiones, alquileres, etc.).
- Extracto bancario. Es posible que el inquilino perciba ingresos por otras vías (alquileres que él mismo tenga, pensiones o ayudas estatales, subvenciones…); mediante un extracto bancario se podrá determinar el flujo positivo de solvencia que el candidato realmente tiene.
- Referencias. Nada mejor que un antiguo casero satisfecho con su ex-inquilino para dar tranquilidad al nuevo arrendador.
- Fianza. Aunque se trata de una obligación para todo contrato de alquiler, mostrar facilidad a la hora de abonarla, sin duda, ayuda a disolver todas las posibles dudas que se puedan tener.
- Fichero de Inquilinos Morosos. Si nunca se han caído en impagos y, por lo tanto, no se ha estado incluido en un FIM, se podrá presentar este hecho como demostración de formalidad y compromiso.
Cómo saber si pasas el seguro de impago
Ofrecerse a firmar y contratar un seguro de impagos de alquiler es otra manera de hacer ver al propietario que no hay nada que temer. Recordemos que este tipo de pólizas se plantean para que, en el caso de que el inquilino no satisfaga las mensualidades, la compañía aseguradora se encargue de cubrir el pago de las mismas que se deban hasta el máximo establecido en el contrato (normalmente, 6, 9 ó 12 meses).
Obviamente, las compañías de seguros no dan este tipo de respaldo a todos los inquilinos, sino que lo brindan sólo a aquellos cuyas condiciones económicas garanticen que las situaciones de morosidad no se van a dar o que, en el caso de generarse, serán meramente puntuales y anecdóticas.
De cara a saber si se pasará o no la criaba que establezca el seguro de impago, deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos:
- Sueldo mínimo. Aunque la cantidad que debe representar la renta del alquiler respecto al salario del arrendatario dependen de la compañía aseguradora, por lo general, se establece que no debe superar el 40%.
- Importe anual del alquiler. Del mismo modo, los pagos que se realicen a lo largo de todo el año en concepto de arrendamiento, deben estar por debajo del 40% de los ingresos netos totales del inquilino.
- Contrato laboral de larga duración. Sólo se valoran positivamente las situaciones de contrato laboral de un año o más.
- No haber incurrido en situaciones de impagos. El inquilino no debe haber estado incluido en un FIM, ni haber sido desahuciado o haber caído en situaciones de okupación.
Cuánto cuesta un certificado de solvencia
Los certificados de solvencia y de no morosidad son el documento final que se obtiene tras un estudio de solvencia. Diferentes entidades (desde gestorías a plataformas de alquiler como Idealista) generan este tipo de escritos a modo de prueba contrastada de haber sido, en todo momento, un inquilino fiable en los aspectos del pego.
El precio que se puede establecer es muy variable. Por ejemplo, el que ofrece FIM Ibérica (Fichero de Inquilinos Morosos Ibérica) es de 14,95€ y da la posibilidad de descargarlo sobre la marcha, ya que lo que indica es que el inquilino no está incluido en su fichero de morosos.
Idealista, por su parte, ofrece este servicio de manera aún más económica, por sólo 4,90€ (según la propia web, el precio más bajo del mercado para la base de datos que más fuentes consulta). Eso sí, en este caso el plazo de entrega del documento es de menos de 12 horas en días laborables.