Las personas con recursos limitados y escasa liquidez, cuando optan por irse a vivir de alquiler, es habitual que consulten los planes de vivienda social que hayan establecido el ayuntamiento del municipio en que quieran residir. Del mismo modo, no es descartable que consulten las bases de promociones sociales impulsadas por bancos como el Sabadell, ING o CaixaBank. Sin embargo, existen otra serie de iniciativas que no van destinadas a personas que van a incorporarse a una nueva vivienda sino sufragar los gastos de aquel piso o casa de arrendamiento en el que ya estén viviendo, son las ayudas al alquiler que distintas administraciones establecen anualmente.
Ayuda del Gobierno al alquiler de vivienda
Se trata de una ayuda incluida en el programa estatal de vivienda para el periodo 2022-2025 y su importe puede llegar a alcanzar hasta el 50% del alquiler, dependiendo de las circunstancias individuales.
Entre los requisitos exigibles, destacamos el de los ingresos familiares:
- De forma general, en ningún caso pueden superar 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Se trata de un valor indicativo que debe ser determinado anualmente en la Ley de Presupuestos, pero que en 2023 se fijó en los 600 euros/mes.
- Para familias numerosas, personas con discapacidad o víctimas de terrorismo, el límite de ingresos será de 4 veces el IPREM.
- Para familias numerosas especiales o personas con discapacidad severa, el límite sube hasta 5 veces el IPREM.
Además, la vivienda objeto del alquiler debe tener una renta mensual inferior a los 600 euros (ó 300 euros si se trata de una habitación) y sólo se puede ser beneficiario de la ayuda durante un máximo de 5 años.
Ayudas al alquiler para personas vulnerables
Son ayudas específicamente dirigidas a personas víctimas de violencia de género, que han sufrido desahucios, personas sin hogar y otros grupos vulnerables. Para todos estos casos, el Gobierno proporciona ayudas de hasta 600 euros mensuales que, al igual que en el caso anterior, se podrán cobra durante un período máximo de 5 años.
Además, se puede ser beneficiario de una ayuda adicional de 200 euros mensuales destinados a cubrir gastos asociados a la vivienda de en alquiler:
- Mantenimiento.
- Comunidad de propietarios.
- Suministros y otros servicios básicos.
Evidentemente, dado que estas ayudas están diseñadas específicamente para evitar la exclusión social de grupos especialmente vulnerables, será necesario acreditar la pertenencia a alguno de estos grupos, por lo que es habitual que se requiera un informe de los servicios sociales, un sentencia en la que se indique que se han padecido episodios de violencia de género o algún tipo de escrito similar.
Ayuda para personas de vulnerabilidad sobrevenida
En este caso, el colectivo beneficiario lo integran aquellos que han experimentado una situación de vulnerabilidad en los dos años previos a la solicitud. Como siempre, será necesario cumplir con ciertos requisitos entre los que destacamos:
- Que los ingresos en la unidad familiar que no excedan tres veces el IPREM.
- Haber experimentado una reducción del 20% ó más en los ingresos de manera reciente.
- El alquiler mensual debe representar más del 30% de los ingresos netos de la unidad familiar.
- Los ingresos máximos, antes de caer en la situación de vulnerabilidad, debían haber sido:
- En general, de 5 veces el IPREM.
- De 5.5 en el caso de familias numerosas generales, personas con discapacidad o víctimas del terrorismo.
- De 6 veces el IPREM en familias numerosas especiales o personas con discapacidad severa.
Por último, indicar que la cuantía de estas ayudas puede alcanzar hasta 900 euros al mes, lo que, en muchas ocasiones, puede suponer el total del importe del alquiler.
Bono Alquiler Joven 2024
En este caso, ofrece una subvención de 250 euros mensuales durante dos años, dirigida a jóvenes de entre 18 y 35 años. Eso sí, los beneficiarios deben aparecer como titulares del contrato de arrendamiento y no deben tener ningún tipo de deuda pendiente relativa a alquileres previos.
Además, se incluyen los siguientes requisitos adicionales:
- Los solicitantes deben tener ingresos anuales inferiores a 24.318,84 euros.
- En casos de convivencia, el total de las ayudas no puede exceder el valor del alquiler. Es decir, si el alquiler es de 500 euros y tres son los convivientes, en ningún caso los tres podrán percibir la ayuda o, de hacerlo, el máximo a ingresar entre los tres será, precisamente, de 500 euros.
- La máxima cuantía de la ayuda es de 600 euros para el alquiler de una vivienda completa ó 300 euros para el caso de una habitación.
Ayudas al alquiler autonómicas
Se trata de planes de ayuda similares a los planteados por el Gobierno central, pero, promovidas, en este caso, por las administraciones autonómicas. Sirva como ejemplo el caso del País Vasco, que anualmente establece un sistema de ayuda homólogo al del Gobierno y en el que se incluyen, entre otras, las siguientes prestaciones:
- Programa Gaztelagun del Gobierno Vasco. Se trata de un programa análogo al Bono Joven pues va destinado a personas de entre 18 y 36 años de edad cuyos ingresos brutos anuales no sean mayores de 24.500 euros para personas individuales y 30.000 euros para unidades familiares.
- Programa Etxebide. Es la ayuda general de la administración del País Vasco para cualquier residente local que demuestre haber estado empadronado con continuidad en los últimos años en cualquiera de los municipios de la Comunidad. Además, aunque existen unos requisitos generales de acceso, se plantean otros, menos exigentes, para determinadas situaciones especiales (víctimas de violencia de género, personas dependientes…).
- Prestación complementaria de vivienda. No se trata de una ayuda al alquiler como tal, sino de un bono que pueden solicitar los ciudadanos vascos para cubrir los gastos asociados a toda vivienda (en propiedad o arrendada). El importe máximo es de 250 euros al mes.
Como decimos, este es el caso particular de la Comunidad Vasca, pero casi todas las entidades de administración autonómica ofrecen ayudas similares.
Ayudas al alquiler para personas mayores de 65 años
Al igual que ocurre con otros sectores especialmente vulnerables de la sociedad, existen unas determinadas ayudas destinadas específicamente para aquellos que han superado los 65 años de edad.
Destacamos, en este caso, además de las promovidas por las administraciones locales (Plan Vive de la Comunidad de Madrid y Prestación permanente de Cataluña, entre otras), el Complemento para titulares de pensión no contributiva.
Las características de la ayuda son las siguientes:
- Cobrar una pensión no contributiva por invalidez o jubilación (con importes inferiores a la mitad del Salario Mínimo Interprofesional).
- Carecer de una vivienda en propiedad.
- Residir, de manera habitual, en una vivienda alquilada.
La cuantía es de 525 euros en un pago único. Además, hemos de decir que no se ha revalorizado desde el año 2010.