Pagar el alquiler con Bizum o efectivo, ¿es legal?

En España es legal pagar el alquiler con Bizum y efectivo, pero con algunas puntualizaciones. Te lo explicamos en este artículo.

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Muchos españoles tenemos domiciliado el alquiler o lo realizamos mediante una transferencia bancaria, pero cada vez es más común pagar el alquiler con Bizum. Hay incluso inquilinos que pagan el alquiler en efectivo, en mano. Pero ¿es esto legal? Sí, pero con algunas puntualizaciones. Te lo explicamos a continuación.

Qué pasa si se paga el alquiler en efectivo

Al firmar el contrato de arrendamiento, en las cláusulas se reflejen la forma de pago y la periodicidad. Además, según el artículo 17.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos

Artículo 17.3 de la LAU – Determinación de la renta

El pago se efectuará en el lugar y por el procedimiento que acuerden las partes o, en su defecto, en metálico y en la vivienda arrendada.

Sin embargo, Hacienda pone un límite para pagar el alquiler en efectivo. Según la Ley 11/2021 del 9 de julio, se establece un límite de 1.000€ para los pagos en efectivo de bienes y servicios. Por lo tanto, si en el contrato está especificado el pago en metálico o si nuestro casero está de acuerdo. Siempre y cuando paguemos menos de 1.000€, lo podremos dar en mano.

En este caso, la ley obliga al propietario a entregar un recibo al inquilino de dicho pago en efectivo para acreditar que este ha pagado la renta con regularidad. No obstante, si el alquiler supera los 2.500€, no será posible realizar el pago en metálico, ya que la ley de Lucha contra el Fraude en España prohíbe estos pagos.

Así pues, si es la opción que vas a tomar, no olvides que el pago sólo quedará reflejado si el arrendador te proporciona un recibo de pago; de lo contrario, la transacción no quedará demostrada y podrías tener problemas de reclamación en un futuro.

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Qué pasa si el alquiler se paga con Bizum

Pagar el alquiler con Bizum es la nueva tendencia inmobiliaria, pero ¿está permitido? Sí, lo está. De hecho, el Bizum se ha convertido en uno de los métodos más utilizados para pagar el alquiler, ya que es simple, instantáneo y gratuito.

Eso sí: Bizum no acepta pagos superiores a 1.000€ por lo que, si el alquiler supera esta cifra, se deberá realizar una transferencia ordinaria.

En estos casos, dado que el banco no expide recibo, es recomendable solicitar al casero la entrega de un recibo tras el abono de la renta.

Sanciones por alquilar un piso en negro

En España es muy común el alquiler de viviendas en negro para evitar declarar el IRPF en el ingreso que reciben los propietarios por el arrendamiento del inmueble. Sin embargo, esta práctica es ilegal y muy arriesgada.

Actualmente es muy difícil escapar de los mecanismos de control de los alquileres en negro de Hacienda, ya que la ley de medidas para la prevención del fraude fiscal facilita herramientas para detectar a los propietarios que decidan arrendar sus inmuebles de forma fraudulenta. Por ello, además de las sanciones que interpondrá la Agencia Tributaria, correrán una serie de riesgos que expondremos a continuación.

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El propietario pierde los beneficios fiscales existentes 

Un propietario que alquila su inmueble goza de una reducción del 60% de los rendimientos percibidos por esta actividad, además de poderse deducir los gastos de conservación de la vivienda o del seguro del hogar, entre otros.

Uno de los riesgos de los alquileres en negro es perder estas ventajas fiscales y, además, abonar el importe total del rendimiento percibido más los intereses desde el inicio del periodo de alquiler, sumado a una multa que varía en función de la gravedad del delito y que puede superar el 150% del importe ganado.

Uno de los riesgos que conlleva alquilar un inmueble en negro implica, por lo tanto, no sólo la pérdida de estas ventajas fiscales en la vivienda, sino el hecho de tener que abonar el importe total del rendimiento percibido, más los intereses desde el inicio del periodo del alquiler, y una multa que variará en función de la gravedad del delito. Como ya hemos apuntado, puede llegar a superar el 150% del importe ganado.

Habrá un conflicto de intereses entre el propietario y el inquilino 

El inquilino también puede gozar de beneficios fiscales al alquilar una vivienda en negro, por lo que a él le compensará declarar que vive en un piso arrendado. Si lo declara pero el propietario no lo hace, se generará un conflicto entre ambas partes ya que, en el momento en el que el inquilino declara que paga una renta, el Fisco investiga al propietario y, por ende, descubre que éste no cumple con la ley, y lo sancionará.

En caso de que el casero se niegue a declarar en el IRPF el ingreso que recibe por el arrendamiento de su inmueble, el arrendatario tiene la opción de hacer una petición formal por vía judicial, para tener la potestad de hacer la declaración por sí mismo o bien solicitar una inspección tributaria.    

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Si hay impagos en el alquiler o desperfectos en la vivienda el propietario no podrá reclamarlos

Si un casero no declara los ingresos que recibe por arrendar su inmueble, no podrá reclamar los posibles desperfectos o impagos de alquiler o de suministros. Al no existir un contrato que indique la vivienda está alquilada, no hay pruebas que confirmen que un tercero ha ocasionado los daños o ha dejado de pagar el alquiler.

El propietario se enfrentará a multas y sanciones graves

Hacienda suele cruzar datos con otros actores, como las compañías eléctricas, para garantizar que un inmueble está o no habitado y detectar anomalías. Por ello se impone una sanción de entre el 50% y el 150% de la cuota que el propietario ha dejado de ingresar a Hacienda, ya que se considera una falta grave.

Por ejemplo, si un arrendador cobra 1.000€ de alquiler al mes durante un año, lo que suma un total de 12.000€, podría llegar a pagar una multa de 18.000€.

¿Puede el inquilino negarse a pagar en efectivo?

Dependerá de lo que dicte el contrato de alquiler. Si en el contrato se estipula que la forma de pago se realiza en efectivo, el inquilino no podrá negarse a hacerlo, ya que ha firmado dicho contrato y, por ende, se ha mostrado de acuerdo con él.

Por otro lado, si en el contrato no se indica nada respecto al pago del alquiler, el inquilino puede negociar con el propietario, si bien es cierto que el impago puede suponer la rescisión de dicho contrato por parte del arrendador.

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